El compliance o cumplimiento normativo es un programa que autorregula el actuar de una organización, cuyo objetivo es asegurar el control de los pasos y obligaciones que se deben seguir para el correcto desarrollo de un negocio, previniendo riesgos de incumplimiento o malas prácticas, que pueden derivar en sanciones hasta de tipo penal para la empresa, sus representantes, accionistas o administradores.
El compliance se implementa por voluntad de la empresa. Pero deviene de un mandato de autoridad, la cual puede establecer que se deben presentar avisos de lavado de dinero y pedir un manual de la forma en que la organización los va a realizar. Hasta ahí llega el mandato y ahí es cuando entra la creatividad de los consejeros, gerentes, administradores, socios y/o accionistas para cumplir. Esto dependiendo del nivel del negocio y de su complejidad para desarrollar su programa de complimiento.
A escala internacional, el compliance tiene mucho tiempo existiendo, sin embargo, en México es de reciente adopción. Esto básicamente es por la existencia de empresas instaladas en el país, sobre todo bancos y transnacionales, que cuentan con programas de cumplimiento desde hace muchos años. En ese sentido, esta práctica empezó a llamar la atención de los empresarios mexicanos a partir de que se implementó la responsabilidad penal de las empresas.
La responsabilidad penal de empresas se implementó en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 5 de marzo de 2014. En dicho documento se incluyó un título denominado ‘procedimiento para personas jurídicas’.
Así también, en el Código Penal Federal (CPF) y otras leyes, que regulan la novedosa responsabilidad penal de las personas jurídicas en el contexto del nuevo sistema de justicia penal acusatorio y oral. Este fue el punto de arranque para que en México se pudieran presentar denuncias contra empresas por la vía penal. Antes no se podía y sólo asumían una responsabilidad civil, mercantil, o de otro rubro, pero no penal.
En este contexto, el compliance surge como una especie de excluyente de responsabilidad penal de la empresa. Es decir, en caso de que la empresa tenga un juicio en su contra, puede ayudar a demostrar que no debe tener responsabilidad penal, por mantener un debido control organizacional.
Esta responsabilidad penal de las empresas, corporaciones u organizaciones en México es digna de atención porque podrá imponérseles sanciones penales cuando sus representantes o administradores de hecho o de derecho, e integrantes en general, con motivo de las actividades corporativas u objeto social, cometan algún delito en nombre de la empresa, por cuenta, en beneficio de esta o a través de los medios o herramientas de trabajo que se les hayan proporcionado, siempre y cuando se determine que, además, existió inobservancia del debido control en la organización.
Por ejemplo, a nivel federal, el catálogo de delitos que pueden generar responsabilidad penal a las empresas son los relacionados con terrorismo, uso ilícito de instalaciones aéreas, narcotráfico, corrupción de menores, tráfico de influencias, cohecho, falsificación de moneda, contra el consumo nacional, comercialización de objetos robados, fraude, encubrimiento, lavado de dinero, contra el ambiente y de derechos de autor, acopio y tráfico de armas, tráfico de personas y órganos, trata de personas, secuestro, contrabando y defraudación fiscal.
Dicho catálogo del CPF se extiende también a los delitos establecidos en ordenamientos como el Código Fiscal de la Federación (CFF) y diversas Leyes relacionadas con la propiedad industrial; instituciones de crédito; títulos y operaciones de crédito; organizaciones y a actividades auxiliares del crédito; instituciones de fianzas; instituciones y sociedades mutualistas de seguros; del mercado de valores; sistemas de ahorro para el retiro; fondos de inversión; uniones de crédito; sociedades cooperativas de ahorro y préstamo; ahorro y crédito popular; concursos mercantiles; control de sustancias químicas e hidrocarburos. Por ello resulta relevante que toda empresa revise, en el ámbito de sus actividades organizacionales, cualquier posible contingencia, riesgo o vulnerabilidad al respecto.
En este orden de ideas, un programa de compliance o cumplimiento normativo se compone de varios rubros o elementos que permiten evidenciar el debido control, entre los que se encuentran los siguientes:
Es importante resaltar que, existen programas de cumplimiento normativo en varias áreas dentro de la organización: penal, fiscal, laboral, comercial, financiero, entre otras.
En XPANX® ayudamos a las organizaciones en la identificación y solución de los riesgos inherentes a su naturaleza y operación a través de las acciones de Consultoria organizacional y de procesos, la implementación de mecanismos de seguridad y la vigilancia constante de los cambios regulatorios y del entorno para evitar sanciones que incidan en el patrimonio de las partes interesadas.
Sin embargo, es altamente recomendable que, si una organización decide implementar un programa de compliance, lo haga de manera integral. Es decir, que abarque los diferentes rubros y las diferentes áreas de riesgo que en un momento dado pueda llegar a tener una empresa.
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